SEÑORES COPROPIETARIOS.
Es de suma importancia estar al día en los gastos comunes, tal como lo señala nuestro reglamento Interno, utilizaremos todas las herramientas que nos faculta la ley para proceder con los morosos.
Extracto del Reglamento In terno “Los Litres de Algarrobo”
Titulo 8º
DE LA CONTRIBUCION A LOS GASTOS COMUNES
En caso de mora en el pago de los gastos comunes el procedimiento de regularización de deuda será el siguiente;
1.- El administrador dará un aviso por escrito al copropietario moroso, dando cuenta detallada de la deuda.
2.- El administrador citará al copropietario moroso para que dentro de 5 días corridos presente un compromiso de pago que será dado a conocer al Comité de Administración para su aprobación, el cual establecerá un plazo perentorio de regularización de deuda.
3.- Si cumplido el plazo no se ha regularizado la deuda, el aviso y el compromiso de pago incumplido tendrán mérito ejecutivo y servirán de base para entablar una demanda ejecutiva en los tribunales ordinarios de justicia.
Artículo 25°: El cobro judicial de los gastos comunes, cuyo conocimiento corresponde al juez de letras respectivo conforme al procedimiento del juicio ejecutivo del Título I del Libro 3º del Código de Procedimiento Civil, acorde con lo establecido en el inciso final del artículo 33 de la ley.
Titulo 9º
DE LA ADMINISTRACION DEL CONDOMINIO
Artículo 39°: El administrador con el acuerdo previo del Comité de Administración requerirá la suspensión del servicio eléctrico que se suministra a aquellas unidades cuyos propietarios se encuentren morosos en el pago de tres o más cuotas, continúas o discontinuas, de los gastos comunes.